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Hablemos de donación

En México más de 22, 000 personas están inscritas en el registro nacional de trasplante en espera de un trasplante de órgano y/o tejido. Estos pacientes son registrados en la base de datos por personal médico a través de hospitales autorizados por la Secretaría de Salud.

La donación altruista es la única forma de obtener órganos y/o tejidos con pacientes.

Donación de vida

El donante en vida, previa valoración de aspectos médicos, psicológicos y legales puede donar un riñón, pulmón, una porción de hígado, un segmento de páncreas, células progenitoras hematopoyéticas y médula ósea.

Requisitos par ser donante de acuerdo con el artículo 333 de la Ley General de Salud:

  • Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales.
  • Donar un órgano o una parte de el, siempre que su función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y segura.
  • Tener compatibilidad aceptable con el receptor.
  • Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido por un médico distinto a los que intervendrán en el trasplante.
  • Haber otorgado su consentimiento en forma expresa (por escrito).

En la ley se establece el carácter altruista, libre y consciente de la donación, especificando como delito el comercio de órganos y tejidos.

Donación de personas fallecidas

En este tipo de donación no hay límite de edad y si las condiciones son favorables, se puede donar cualquier órgano y/o tejido.

Una persona que fallece por paro cardiaco irreversible puede donar tejidos como córneas, huesos, cartílagos, tendones y piel.

En la donación con diagnóstico de muerte encefálica se pueden obtener órganos y/o tejidos.

La muerte debe ser determinada por un médico especialista en hospitales autorizados para estos fines por Secretaria de Salud, fijando como delito el comercio de órganos y tejidos.

Proceso de donación de personas fallecidas

Cuando una persona fallece con diagnóstico de muerte encefálica o por paro cardiaco irreversible, en hospitales autorizados para la procuración de órganos y/o tejidos por la Secretaria de Salud se realiza una valoración por médicos especialistas para determinar las posibilidades de la donación.

Los coordinadores hospitalarios de donación son personal médico especializado que orienta y ofrece a la familia la opción de donar.

Si la familia accede, se inicia el trámite médico, administrativo y legal para llevar a cabo el proceso de donación.

  • Se cuida al donador para preservar los órganos y/o tejidos donados.
  • Se localiza a los pacientes más adecuados para recibir los órganos y/o tejidos con fines de trasplantes.
  • Un equipo de especialistas realiza la extracción de órganos y/o tejidos del donador con respeto y dignidad.
  • Los órganos y/o tejidos se trasladan al hospital autorizado para trasplante en el que se encuentra el paciente receptor.

Tomar la decisión en vida de donar al fallecer no representa ningún riesgo, lo más importante para el personal médico es preservar la vida de cualquier paciente. La donación es considerada únicamente cuando se han realizado todos los esfuerzos posibles para mantener la vida y, a pesar de ello, el paciente fallece.

La familia representa la mejor vía para hacer posible el deseo de donar órganos de alguien que falleció. Por eso es importante que tu familia conozca tu decisión.

En el siguiente link podrás encontrar el registro de Donador/a Voluntario/a

Donación expresa de órganos y tejidos para después de la muerte

https://dv.cenatra.salud.gob.mx/registrar.php

Recuerda que 1 donante puede cambiar la vida de 7 personas

¡Dale una segunda oportunidad a la vida!